OPOSITEX

AUXILIAR DEL ESTADO

REQUISITOS

OPOSICIÓN TÍTULOS DE ACCESO

AUXILIAR (C2) (oposición libre)

E.S.O o equivalente (Antes del último día de presentación de instancia)

AUXILIAR (C2) (consolidación)

E.S.O o equivalente (Antes del último día de presentación de instancia)

FASE DE CONCURSO AUXILIAR (C2) CONSOLIDACION MERITOS PROFESIONALES MERITOS ACADEMICOS

En la fase del concurso se valorarán un máximo de 60 puntos mediante certificado de requisitos y méritos.

Hasta un máximo de 54 puntos de acuerdo con la siguiente puntuación:

0,45 puntos por mes hasta un máximo de 54 puntos, de servicios prestados en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado.

0,27 puntos por mes hasta un máximo de 32,4 puntos, por Servicios prestados en otros Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado o como personal laboral del grupo y especialidad 4G-Administración y 4GInformática del IV Convenio colectivo único o de categorías y grupos profesionales equivalentes de otros convenios colectivos únicos de la Administración General de Estado, siempre y cuando desempeñaran exclusivamente funciones de gestión de recursos humanos, gestión económica, gestión administrativa o diseño, análisis, implantación, mantenimiento y soporte de aplicaciones informáticas y manejo de estas.

0,18 puntos por mes completo de servicios efectivos, hasta un máximo de 21,6 puntos, por Servicios prestados en Cuerpos o Escalas de otras Administraciones Públicas, siempre que desarrolle funciones equivalentes a las del Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado

0,09 puntos por mes completo de servicios efectivos, hasta un máximo de 10,8 puntos, por Servicios efectivos no incluidos en los apartados anteriores, prestados como personal funcionario o como personal laboral en cualquier otro ámbito, incluidas las Administraciones Públicas de los Estados miembros de la Unión Europea, así como en la Administración Pública de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se define en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, siempre que se les reconozcan funciones similares a las del Cuerpo o Escala al que se pretende acceder.

Hasta un máximo de 6 puntos.

Se valorará con 3 puntos haber superado algún ejercicio en los cinco años anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria al Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, ingreso libre.

 Se valorará con un máximo de 3 puntos la realización de cursos de formación o perfeccionamiento en los diez años anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria, de acuerdo con lo siguiente:

Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento debidamente acreditados, siempre que hayan sido desarrollados en el marco del Acuerdo de la formación para el empleo de las Administraciones Públicas, así como los que estén incluidos en los Planes o Programas de Formación interna de los distintos Ministerios y Organismos de la Administración General del Estado, siempre que la duración de los cursos de formación recibidos sea igual o superior a 15 horas y la de los impartidos igual o superior a 2 horas.
Se valorará una sola vez la recepción o impartición de un curso sobre la misma
materia.


No serán objeto de valoración las titulaciones o cursos pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares. No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de duración.
Se valorarán 0,3 puntos por curso, hasta una puntuación máxima de 3 puntos.

Consultanos lo que quieras